martes, 25 de mayo de 2010

Obligatoriedad en Brasil



Fuente: ABC Digital
URL: http://www.abc.com.py
País: Brasil
Fecha: 25.05.2010


La Ley N° 12.244, publicada en la edición de este martes en el Diario Oficial de la Unión, alcanza tanto a instituciones públicas como privadas, y estipula que cada biblioteca debe tener, como mínimo, un título por cada alumno matriculado.

    “Será obligatorio un acervo de libros en la biblioteca de, como mínimo, un título por cada alumno matriculado, quedando al respectivo sistema de enseñanza determinar la ampliación de este acervo según su realidad”, establece uno de los artículos de la nueva ley.

   El texto considera biblioteca escolar a “toda colección de libros, materiales videográficos y documentos registrados en cualquier soporte destinados a consultas, pesquisas, estudio o lectura”.

   La norma prevé un plazo máximo de diez años para la universalización de las bibliotecas escolares.

   Otra ley sancionada por el presidente brasileño, y publicada hoy en el Diario Oficial, autoriza la instalación de salas de aulas en presidios, para la realización de cursos de enseñanza básica y de capacitación.